De conformidad con lo establecido en el anuncio de la Conselleria de EconomÃa Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre acta de la comisión negociadora del convenio colectivo de trabajo del sector de Construcción y Obras Públicas de Valencia al que Vds. pertenecen; las empresas están obligadas en materia de jornada laboral para 2021, al acuerdo alcanzado por la comisión de negociadora del convenio, y que viene redactado como sigue
Salvo pacto en contrario entre empresa y trabajadores, que podrán establecer el calendario que libremente convengan, las partes firmantes están de acuerdo en que, sin perder su carácter laboral para futuros acuerdos, se consideran como no laborables para el año 2021 los siguientes dÃas, a efectos de asegurar el cumplimiento de la referida jornada anual de 1.736 horas.
• 4 y 5 de enero.
• 17 de marzo.
• 1 de abril.
• 24 y 25 de junio.
• 11 de octubre.
• 7, 24, 30 y 31 de diciembre.
Como consecuencia de lo previsto en el articulo 6º del convenio, se considera festivo el dÃa 18 de marzo.
En el supuesto de que las fiestas locales se celebren en sábados, domingos o festivos, se considerará dÃa no laborable el anterior o posterior a ellos.